Ley Numero 875 Articulo 15 Obligaciones Comunes.
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
Fracción XXIII
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
Responsable
- Instituto Municipal de las Mujeres.
Actualización y Periodo de Conservación
- Trimestral, respecto de las erogaciones por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad y la utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal. Anual, durante el primer trimestre de cada año, respecto al Programa Anual de Comunicación Social o equivalente.
- Información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores.
Fecha de Validación y Actualización
- 11/07/2024
- 30/06/2024