Ley Numero 875 Articulo 15 Obligaciones Comunes.

Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.

Fracción XXVII

Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

Responsable

  • Instituto Municipal de las Mujeres.

Actualización y Periodo de Conservación

  • Trimestral.
  • Información de los instrumentos jurídicos vigentes, aun cuando éstos se hayan celebrado en ejercicios anteriores; información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores.

Fecha de Validación y Actualización

  • 11/07/2024
  • 30/06/2024
  • Formato LTAIPVIL15XXVII
  • Formato LTAIPVIL15XXVII

Ligas de Interés

error:
×

Hola!

Linea de ayuda del instituto municipal de las mujeres en;

  • Trabajo Social.
  • Psicología.
  • Orientación legal.
× ¿Cómo puedo ayudarte?