Ley Numero 875 Articulo 15 Obligaciones Comunes.
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
Fracción III
Las facultades de cada Área, funciones, atribuciones, competencias, según corresponda, respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o normatividad equivalente respectiva, entendidas éstas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones
Responsable
- Instituto Municipal de las Mujeres.
Actualización y Periodo de Conservación
- Trimestral.
- Información Vigente.
Fecha de Validación y Actualización
- 29/10/2025
- 30/09/2025
- Formato LTAIPVIL15III